El Centro de Defensa Comercial e Industrial Celebra la Derogación de la Tasa Por el Uso del Dominio Municipal Con Fines Publicitarios

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En la sesión de este jueves, el Honorable Concejo Deliberante (HCD) dejó sin efecto el canon que los comerciantes debían pagar por publicitar las “marcas” que ofrecen al consumidor.

En una medida de promoción al comercio local, el HCD aprobó por mayoría el proyecto promovido por el intendente Mauricio, mediante el cual se derogó la Ordenanza N° 11.724/2012. Esta ordenanza incorporaba el tributo «Retribución por el uso y/o aprovechamiento del dominio público municipal con fines publicitarios» al Código Tributario y a la Ordenanza General Impositiva. Asimismo, se derogó el artículo 3° de la Ordenanza N° 11.440/2010 y el título «Retribución por el uso y/o aprovechamiento del dominio público municipal con fines publicitarios», artículo 60° bis, de la Ordenanza General Impositiva N° 10.446/2000.

Vale recordar que esta sanción, favorable para todo el sector que representa el Centro de Defensa Comercial e Industrial de Gualeguaychú, es un reclamo que la entidad ha mantenido durante muchos años y que se logra en la actual gestión de gobierno. Es necesario aclarar que esta tasa era, hasta ahora, abonada por los comerciantes y/o prestadores de servicios que ofrecían al público productos de reconocidas marcas, utilizando el espacio de dominio público municipal. En algunos casos, esta carga económica mermaba la capacidad de inversión o la generación de puestos de trabajo.

En los considerandos, la norma sancionada subraya que “resulta necesario acompañar a distintos sectores de nuestra comunidad, promoviendo medidas que tiendan a generar empleo y fomentar el desarrollo.”

Con esta acción, celebrada vivamente por el CDCI, se da un paso fundamental hacia una eficaz relación público-privada, en pos de promover el comercio local y la llegada de nuevos proyectos.

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